El segundo paquete de ayudas para los afectados por la DANA aprobado por el Gobierno este lunes con una dotación aproximada de 3.765 millones de euros, y que se suma a la primera remesa de medidas lanzada hace una semana por valor de 10.600 millones, recoge una serie de medidas destinadas a ampliar la red de cobertura para los cerca de 65.000 trabajadores autónomos que se estima se han visto afectados por las consecuencias del temporal. Como principal novedad, se aprueba una nueva prestación extraordinaria por cese parcial para autónomos, que les permitirá compatibilizar su actividad durante tres meses con la recepción de esta ayuda. La podrán percibir los trabajadores por cuenta propia afectados por la DANA y será el equivalente al 50% de su base de cotización. El Ministerio de Seguridad Social señala que esta nueva modalidad de cese parcial viene a complementar el cese de actividad en autónomos para aquellos trabajadores por cuenta propia que no han tenido que cerrar su negocio, pero se hayan visto afectados considerablemente por la DANA. En materia fiscal la norma aprobada hoy incluye para los autónomos y empresarios que tributan por el régimen de estimación objetiva ( módulos ) en los municipios afectados por la DANA, una reducción del 25% en su rendimiento neto en 2024 y una disminución en el mismo porcentaje de sus cuotas devengadas por operaciones corrientes en el régimen simplificado de IVA . Esta rebaja en la tributación por módulos del 25% beneficiará a 22.655 contribuyentes por un importe total de 8,9 millones, lo que supone un ahorro de 393 euros de media por contribuyente. Por su parte, los beneficiados en el régimen simplificado de IVA son 4.900 contribuyentes, que lograrán un ahorro de 92 euros de media, según las estimaciones del Ministerio de Hacienda. Otra medida que contempla el decreto es la posibilidad para estos contribuyentes de renunciar excepcionalmente a aplicar el régimen de módulos en 2024, tributando en tal caso en el régimen de estimación directa simplificada , sin que esta decisión impida que el contribuyente pueda volver a aplicar el sistema de módulos en 2025 o 2026, si así lo desea. En materia de Agencia Tributaria, el decreto aprobado este lunes amplía los beneficiarios de las ayudas directas a empresas y autónomos afectados por la DANA no solo a quienes tuvieran su domicilio fiscal en los municipios dañados por el desastre natural, sino también para aquellas empresas o autónomos que tengan establecimientos o explotaciones en los municipios afectados, aunque no tuvieran fijado su domicilio fiscal en esas localidades . De esta forma, la cobertura de estas ayudas permitirá beneficiar a 5.800 autónomos y empresas más que, siendo afectadas por la DANA, no tenían su domicilio fiscal en los municipios dañados, lo que eleva el número total de beneficiarios de estas ayudas por encima de los 100.000 Por tanto, se amplía el número de pequeñas y medianas empresas que podrán recibir una ayuda directa de entre 10.000 y 150.000 euros en función de su volumen de facturación y también aumentan los autónomos beneficiados por una ayuda que alcanzará los 5.000 euros. Cuantías ya establecidas en el primer decreto y que el Gobierno estimaba alcanzarían a unos 65.000 trabajadores por cuenta propia y 30.000 pymes. Todas estas ayudas podrán solicitarse en la web de la Agencia Tributaria entre el 19 de noviembre y el 31 de diciembre de 2024 . Para agilizar al máximo la recepción de estos importes bastará con indicar el número de cuenta en el que se realizará el ingreso. La Agencia Tributaria comenzará a realizar los pagos a partir del 1 de diciembre . Estas ayudas estarán exentas de tributación en el IRPF y en el Impuesto sobre Sociedades. Es importante recordar que el decreto aprobado la semana pasada también declara exentas del IRPF todas las ayudas por daños personales percibidas por los afectados por la DANA. También se incluye en la norma aprobada hoy por el Gobierno la exención del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza rústica correspondiente al ejercicio 2024. En concreto, quedan exentas las cuotas que afecten a fincas, locales de trabajo y similares, de naturaleza rústica, de titularidad de agricultores y ganaderos que tengan pérdidas mayores al 40% de la producción. Los contribuyentes que hubieren satisfecho los recibos correspondientes al ejercicio fiscal correspondiente al año 2024 podrán pedir la devolución de las cantidades ingresadas. En este sentido, cabe destacar que esta exención ya se había aprobado la semana pasada para el pago del IBI del resto de los inmuebles no rústicos afectados por la DANA. Asimismo, la disminución de ingresos en tributos locales que dichas exenciones produzcan en los ayuntamientos, consejos insulares, cabildos insulares, diputaciones provinciales y Comunidades Autónomas será compensada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. El Ejecutivo también ha decidido que los titulares de planes de pensiones, muchos de ellos autónomos, afectados por la DANA pueden retirar sus fondos de forma inmediata hasta un máximo de 10.800 euros . Esto se extiende a partícipes de planes de pensiones, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial y mutualidades de previsión social. El presidente de ATA y vicepresidente de la CEOE, Lorenzo Amor , pide al Gobierno tras esta nueva remesa de medidas que rectifique «inmediatamente» e incluya a los miles de transportistas y autónomos que estaban de ruta o desplazados en las zonas afectadas por las lluvias el día de la DANA. A través de un mensaje en su red social 'X' subraya que el Ejecutivo se ha olvidado por segundo Consejo de Ministros consecutivo de estos autónomos, que también han perdido « camiones, vehículos, material de trabajo , etc.» «Por segundo Consejo de Ministros quedan fuera de las ayudas directas y fiscales. Espero una rectificación inmediata y que no se deje a estos autónomos sin que puedan recuperar su actividad y sustento familiar», reiteraba el presidente de los autónomos.
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