Desestimada la petición de Cueto para que las grabaciones telefónicas no tengan validez

La Audiencia Provincial de Madrid desestimó el recurso de apelación interpuesto por la defensa del que fuera asesor jurídico de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), Tomás González Cueto contra el auto dictado por el Juzgado de primera Instancia e Instrucción N.º 4 de Majadahonda, por el que a su vez se desestimó el recurso de reforma interpuesto contra el auto en el que se acordó la diligencia de instrucción de intervención telefónica.

Esta resolución, contra la que no cabe recurso ordinario, llega a unos días de que el que Cueto declare ante la magistrada del mencionado Juzgado de Majadahonda, donde se investiga la llamada Operación Brody por una presunta trama de corrupción en la RFEF, la cual desencadenó el registro de una decena de domicilios y la sede del ente federativo, así como la detención de siete personas, entre ellas el propio abogado leonés.

Tal y como informamos en este diario, la magistrada Delia Rodrigo ordenó cotejar las transcripciones de las conversaciones telefónicas judicialmente intervenidas por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil. Entre ellas, las del socio fundador y director del despacho GC-Legal y cerebro jurídico de Luis Rubiales, que ha citado el próximo jueves, 3 de octubre, a las 9:30 horas.

La jueza pide cotejar las grabaciones de la UCO y cita a Tomás González Cueto como investigadoKike MarínEl que fuera cerebro jurídico de Luis Rubiales en la Real Federación Española de Fútbol llegó a ser detenido por la Guardia Civil y el próximo 3 de octubre volverá a comparecer en el juzgado

En su razonamiento, la Audiencia Provincial de Madrid dice que el acuerdo para las citadas escuchas telefónicas "se basa en la investigación llevada a cabo por la UCO de la que se desprende que el recurrente junto a otros investigados y valiéndose de otras mercantiles, habrían intervenido en hechos que pudieran ser constitutivos de delitos de corrupción en los negocios, administración desleal y blanqueo de capitales".

Agentes de la UCO, en la sede de la RFEF. (J. Barroso/AFP7)

Como quiera que estos se detallan en el auto, se "considera necesaria la intervención de sus comunicaciones para determinar la estructura de la organización, la estructura de GRUCONSA y los niveles de toma de decisiones en materia de contratación, en concreto con la RFEF, así como conocer el grado de influencia de los investigados en las adjudicaciones realizadas por la RFEF y ECSSA a GRUCONSA, la determinación de la actividad real de DISMATEC, el concepto de sus ingresos provenientes de la constructora y, por otro lado, la toma de decisiones y la contextualización de la operativa de compraventas de inmuebles llevada a cabo por GRX".

En esta misma resolución, la Audiencia Provincial de Madrid añade que "por lo que se refiere a la supuesta vulneración del derecho fundamental a la inviolabilidad de las comunicaciones telefónicas, cabe recordar que, como ha establecido el Tribunal Supremo en numerosas sentencias, el secreto de las comunicaciones telefónicas es un derecho fundamental que la Constitución garantiza".

La caída del rubialismo y por qué Camps vendió a Cueto: "Yo conozco a Piqué por la televisión"Kike MarínEl exsecretario general de la RFEF tuvo que declarar como testigo y no como investigado, tal y como pretendía. De ahí que su comparecencia ante la jueza resultara de lo más reveladora

Por último, añade que "en tanto en cuanto esta injerencia esté prevista por la ley y constituya una medida que, en una sociedad democrática, sea necesaria para la seguridad nacional, la seguridad pública, el bienestar económico del país, la defensa del orden y la prevención del delito, la protección de la salud o de la moral, o la protección de los derechos y las libertades de los demás".

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