El Tribunal Constitucional permite a la etarra Natividad Jáuregui salir de España

El Tribunal Constitucional ha acordado por unanimidad permitir a la etarra Natividad Jáuregui, alias Pepona, salir de España tras el archivo por prescripción de la causa en la que se le investigaba por el asesinato del teniente coronel Ramón Romero Rotaeche, en 1981.

Fuentes jurídicas informan que la Sala Segunda de la corte de garantías ha accedido a la petición de la etarra tras avalar la ponencia de la magistrada progresista María Luisa Balaguer. Por ello, ha acordado la suspensión cautelar de la prohibición de salir de España ante "la inexistencia de una perturbación grave del interés general".

En noviembre de 2023, la Audiencia Nacional dejó en libertad con medidas cautelares a Natividad Jáuregui al estimar que la causa por el atentado de ETA contra Ramón Romero Rotaeche, en 1981 en Bilbao, había prescrito para ella, de modo que acordó el archivo de la causa.

Tenía medidas cautelares

No obstante, los jueces impusieron a Jáuregui -que tiene alguna causa más en la Audiencia- la retirada de pasaporte, la prohibición de salir del país, comparecencias ante el juzgado y designación de domicilio.

Con esta decisión, la Audiencia pretendía que la etarra no se fugase de nuevo antes de que el Supremo se pronunciara sobre la prescripción, ya que la Fiscalía había recurrido, una decisión que está pendiente de resolver. Jáuregui había pasado más de diez años huida de la Justicia.

El TC se inclina por corregir a la Audiencia y que la etarra 'Pepona' pueda salir de EspañaBeatriz PareraLa Audiencia concluyó en 2023 que la causa contra ella ha prescrito y acordó su puesta en libertad, pero le impuso cautelares para evitar que se fugue mientras se resuelven los recursos

El asesinato del teniente coronel de Artillería se produjo el 19 de marzo de 1981 en la basílica de Begoña de Bilbao y la prescripción tendría lugar 20 años más tarde a no ser que se hubiese producido alguna actuación judicial que pudiera interrumpirla, como sostenían tanto la Fiscalía como la acusación particular.

Pero la Audiencia consideró que en ese tiempo "no existe" ninguna "resolución motivada" que atribuyese a Natividad Jáuregui haber participado en el atentado como miembro del comando Vizcaya hasta el auto de procesamiento, dictado en 2005, cuatro años después de prescribir el delito.

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