La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado a Seat por una presunta vulneración de la Ley 34/2002 (LSSI), de 11 de julio, por la utilización de ' cookies ' antes de que el usuario preste su consentimiento, por lo que puede multarla con hasta 20.000 euros. En el documento sancionador, que data del 18 de septiembre, la agencia explica que, al entrar en la web por primera vez del grupo automovilístico, una vez limpiado el equipo terminal de historial de navegación y de 'cookies', sin aceptar nuevas 'cookies' ni realizar ninguna acción sobre la página web, se ha comprobado que se utilizan las 'cookies' de naturaleza técnica o necesaria. También el sitio web utiliza 'cookies' de funcionalidad que permiten a un sitio web recordar las elecciones que hace el usuario con respecto a su experiencia de navegación. Estas 'cookies' no son esenciales para el funcionamiento básico del sitio, pero son útiles para ofrecer una experiencia más adaptada a las preferencias del usuario, explica la agencia. Asimismo, la agencia ha identificado que se utilizan 'cookies' de segmentación, que son aquellas diseñadas para recoger información sobre los hábitos de navegación del usuario con el objetivo de mostrarle anuncios personalizados y relevantes. No obstante, la AEPD ha comprobado que si el usuario ha prestado el consentimiento inicial para que la web utilice 'cookies' de naturaleza no técnica o necesaria y desea retirarlo o modificarlo, se comprueba que existe un enlace en la «política de cookies» a través del cual la web despliega el panel de control de 'cookies'. Si el usuario clica en la opción «rechazar opciones» se comprueba como la web sigue utilizando las mismas 'cookies' detectadas cuando se prestó el consentimiento. Esto es, las 'cookies' tanto propias como de terceros no técnicas, que fueron instaladas cuando se prestó el consentimiento, siguen presente el navegador. Por tanto, la agencia recuerda al fabricante de Cupra que los usuarios deberán poder retirar el consentimiento previamente otorgado en cualquier momento. Tras las evidencias obtenidas, la agencia ha iniciado el procedimiento y ha acordado una sanción que pudiera, de lo que resulte de la instrucción, ser de 20.000 euros . Asimismo, explica que, en caso de que la sanción a imponer fuese de multa, Seat podrá reconocer su responsabilidad dentro del plazo otorgado, lo que llevará aparejada una reducción de un 20% de la cuantía que proceda imponer en el procedimiento, equivalente en este caso a 4.000 euros. Con la aplicación de esta reducción, la sanción quedaría establecida en 16.000 euros.
abc.es