La magistrada avala la muerte digna del paciente, mientras queda por resolver el caso de otra joven cuya eutanasia fue impugnada por sus familiares con el apoyo de los ultras de Abogados Cristianos
Más de dos meses después, uno de los dos solicitantes de eutanasia que vio paralizado de forma cautelar su derecho a morir dignamente está más cerca de poder cumplir con su voluntad. El juzgado de lo contencioso de 5 Barcelona ha rechazado la demanda del padre del hombre que impugnó el aval de la comisión de la Generalitat a la eutanasia del paciente.
La magistrada Montserrat Raga da la razón a la Abogacía de la Generalitat y concluye que el padre no tenía legitimación legal para recurrir la eutanasia. El “derecho a la vida familiar” que invocaba el padre no representa un “interés legítimo” para impunar la resolución de la Generalitat que avalaba la muerte digna de su hijo.
La jueza recuerda que la jurisprudencia europea requiere que, para recurrir la eutanasia, el familiar tenga un “vínculo real” con el paciente que quiere morir dignamente, algo que no se da en este caso.
La decisión de solicitar la eutanasia, argumenta la magistrada, “es eminentemente personal y presenta un fuerte componente de autodeterminación de la persona”, por lo que para poderla impugnar “es necesario acreditar un interés legítimo minuciosamente”. Cada caso deberá ser analizado para ver si concurre el interés de los familiares o no.
Resta por resolver otro caso, que afecta a una petición de eutanasia de una joven de 23 años recurrida por sus familiares, representados por la entidad ultracatólica Abogados Cristianos. Este recurso se sigue en otro juzgado.
Todo empezó a principios de agosto. Abogados Cristianos intentó usar la vía judicial para impedir el derecho a morir dignamente de dos solicitantes en Catalunya. En otras comunidades autónomas, la Justicia ya había rechazado las pretensiones de los familiares representados por la entidad ultra.
En Catalunya, dos juzgados suspendieron el pasado 8 y 9 de agosto sendas eutanasias solicitadas por una joven de 23 años y un hombre de 54, ambos con patologías graves y altos grados de discapacidad reconocidos. Sus muertes asistidas habían sido autorizadas por la comisión de la Generalitat que, con arreglo a la ley de eutanasia, evalúa y decide sobre los casos, pero Abogados Cristianos logró su suspensión cautelar en el juzgado.
Al tiempo que suspendían de forma cautelar las eutanasias, las dos magistradas de lo contencioso enviaron los casos al TSJC al considerar que era el alto tribunal el competente para decidir sobre el fondo del asunto. Sin embargo, el TSJC devolvió a los juzgados de lo contencioso la decisión.
El solicitante de eutanasia ha tenido que esperar más de dos meses para conocer la decisión de la Justicia debido al ralentí que puso el TSJC a su caso (no lo tramitó hasta inicios de septiembre aunque lo recibió en agosto) pese a tratarse de un procedimiento priotario al versar sobre derechos fundamentales. La otra joven todavía no conoce qué ha decidido la magistrada que resolverá su causa.
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