La Justicia tumba una norma lingüística que impedía usar el castellano en la Universidad de Valencia

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha tumbado parte del Reglamento de Usos Lingüísticos de la Universitat de Valencia (UV), en concreto el punto que estipulaba que la comunicación interna hacia su personal tenía que estar redactada solamente en valenciano, puesto que dichos empleados «tienen el deber de conocerla», y que impedía de facto el empleo del castellano . El fallo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Valencia, del pasado lunes 23 de septiembre y contra el que todavía cabe recurso, deja sin efecto el acuerdo alcanzado por el Consejo de Gobierno de la Universidad del 8 de junio de 2023, en el que modificaba el artículo 10 de su reglamento interno de usos lingüísticos en favor del uso exclusivo del valenciano . Esta nueva reglamentación exigía que la documentación de carácter administrativo y las comunicaciones internas tenían que estar redactadas en valenciano «sin perjuicio de los derechos de los ciudadanos establecidos en la legislación general». Así, «atendiendo al deber estatutario de conocer la lengua propia de la universidad, se redactarán en valenciano todas las comunicaciones y documentaciones que se dirijan exclusivamente al personal de la UV», decía el apartado anulado por el juez, las cuales incluían carteles informativos, convocatorias de reuniones, correos electrónicos, así como informes, memorias, órdenes de pago, actas, matrículas, nóminas y toda clase de contratos y convenios, entre otros aspectos. La modificación estatutaria fue recurrida por seis catedráticos de Derecho Constitucional , quienes alegaron la vulneración del derecho del personal de la institución académica, así como de sus estudiantes, a recibir y acceder a comunicaciones y documentación en castellano o en versión bilingüe. A esta petición, presentada primero a la UV antes que frente a la Justicia, la universidad contestó que «no tenía la intención de impedir que sus empleados se relacionara en castellano» y que el término «sin perjuicio de los derechos lingüísticos» suponía que el uso del valenciano no fuera exclusivo. Finalmente, el tribunal corroboró que la modificación era « ambigua » y puso como ejemplo tres casos en los que la comunicación interna se produjo únicamente en valenciano. En concreto, dos correos electrónicos de la jefa de Recursos Humanos y otro del Servicio de Análisis y Planificación de la Universidad, y un último que responde a la respuesta de la UV al recurso, escrito solamente en valenciano y que aluden que se trató de un error.

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