La reforma de la malversación resta un año de cárcel a un exalto cargo del PSOE andaluz

Un exalto cargo del PSOE andaluz condenado por corrupción se ha beneficiado de la reforma del delito de malversación impulsada por los socialistas para beneficiar a los dirigentes independentistas y que entró en vigor hace casi dos años. Se trata de Tomas Pérez Sauquillo, expresidente de la empresa pública de capital riesgo Invercaria, vinculada a la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía y sobre cuya gestión partió una de las macrocausas relacionadas con la corrupción en Andalucía. La sala Penal del Tribunal Supremo ha rebajado la pena de cárcel de 3 a 2 años en su condena por la concesión de un préstamo sin justificación a una empresa de Jaén en el año 2008.

Pérez Sauquillo fue condenado en esta causa por delitos de prevaricación y malversación por la concesión del préstamo a la compañía Fumapa "de modo arbitrario, sin justificación y sin seguir los procedimientos establecidos". Así lo declara la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla, que recuerda que la empresa estaba en causa de liquidación cuando recibió el dinero de la empresa pública. El jefe de Invercaria recurrió la pena y ahora el Supremo ha desestimado su recurso excepto en lo que respecta a la aplicación retroactiva de la reforma "por ser beneficiosa para el reo".

Desde un inicio, jueces y fiscales avisaron de la posibilidad de que provocara rebajas en delitos de corrupción, como ha acabado ocurriendo con Pérez Sauquillo, que acumula varias condenas por su gestión al frente de Invercaria. Hace apenas dos meses, el pasado septiembre el Supremo aumentó la pena del exalto cargo en el caso matriz sobre esta empresa pública, distinto al que ahora revisa el Alto Tribunal. En esa pieza, Pérez Sauquillo cuenta ahora con una condena de 4 años y medio de prisión por las irregularidades detectadas en los gastos de personal de la entidad dependiente de la agencia IDEA.

La sentencia definitiva sobre Chaves y Griñán en los ERE queda en el aire por falta de juecesCarlos Rocha. SevillaDos de los tres magistrados de la sala que condenó a los expresidentes están fuera tras la jubilación del ponente, Juan Antonio Calle, y la excedencia de Encarnación Gómez, hoy en Alicante. El TSJA eleva una consulta al CGPJ

La reforma de la malversación se aprobó a principios de 2023 como gesto a ERC que, por entonces, era fundamental para sacar adelante los Presupuestos. Los cambios se produjeron de forma paralela a la derogación del delito de sedición. Se buscaba favorecer con rebajas a los líderes políticos condenados por el procés. Sin embargo, el Supremo consideró que no era aplicable a Oriol Junqueras, Carles Puigdemont y el resto y mantuvo la acusación de malversación agravada.

La reforma penal establece tres supuestos diferenciados de malversación y reduce sensiblemente las penas previstas hasta el momento en casos de desvíos de fondos públicos cuando estos no van destinados a un lucro directo y personal. Las bajadas más acusadas se producen en el desvío de fondos del erario para emplearlos en una aplicación diferente a la que estuviera prevista en inicio. Además, introduce atenuantes y reducciones en los supuestos en que se reintegren las cantidades desviadas y obliga a los tribunales a determinar si la conducta produjo una grave perturbación del servicio. Si esta no queda demostrada, las penas aparejadas se limitan a la inhabilitación.

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