Nueve meses de prisión para un policía local de Torrox por una «agresión injustificada» a un detenido

Dos agentes de la Policía Local fueron a la zona 'El Peñoncillo' en Torrox Costa al percatarse de que había estacionadas varias autocaravanas y que, una tenía una matrícula extranjera que no se encontraba en vigor desde el día anterior. Esa visita de chequeo en marzo de 2020 ha acabado, años después, con la condena a uno de los esos policías a nueves meses de prisión por una «agresión injustificada» a uno de los ocupantes de esas caravanas en un altercado por la matrícula caducada de la autocaravana. Los agentes interrogaron a la mujer que se encontraba con el propietario de dicha autocaravana, quien «reiteradamente» les manifestó que, debido a la suspensión de los plazos administrativos, como c onsecuencia de la declaración del estado de alarma por el Covid-19, no se había podido matricular en España. Al mismo tiempo les comunicó que toda la documentación estaba «en poder del gestor». Según la sentencia, el policía local que ha resultado condenado arrancó la matrícula delantera del vehículo en cuestión y se dirigió a la parte trasera con intención de hacer lo mismo. Esta actitud fue «recriminada» por la mujer, por lo que el agente la detiene y la introduce en el vehículo policial, sin que conste fuerza mayor de la necesaria en este caso. Además, la resolución inicial, confirmada ahora por el TSJA, señala que el otro policía local acusado, que no ha sido condenado, « mantuvo una actitud conciliadora« y que cuando el hombre le mostraba la documentación, fue su compañero el que se acercó «por detrás agarrándolo por el cuello y, al intentar la víctima zafarse, lo tiró al suelo», donde le colocaron los grilletes. Ante esta situación, la mujer salió del vehículo policial «llamando a gritos a su amigo», tras lo que un agente de la segunda patrulla «se dirige violentamente hacia la misma, empujándola adentro del vehículo y dándole una bofetada en la cara«. Antes de marcharse a la Jefatura de la Policía Local de Torrox, el procesado dijo a todos los testigos presentes que borraran los vídeos de sus móviles. En dependencias policiales, resulta probado y confirmado por el TSJA que el agente procesado « golpeó reiteradamente contra el suelo y la pared» el móvil de la víctima «dejándolo inutilizable». Por otra parte, «golpeó en la cabeza» al hombre mientras este era trasladado a los calabozos, quedando acreditadas estas lesiones de la víctima. Por estos hechos, la Audiencia absolvió a uno de los agentes y condenó al otro a nueve meses de prisión y dos años de inhabilitación para el ejercicio de su profesión por un delito contra la integridad moral. Además, tendrá que asumir una multa de 300 euros por el delito leve de lesiones y otros 300 euros por el de daños, así como 90 euros por lesiones; 350 por el móvil y 300 euros por los daños morales. También absuelve a este de otro delito contra la integridad moral. Para el alto Tribunal andaluz, «no puede considerarse ilegítimo» la reacción del hombre «ante lo injustificado de dicho ataque, pues hasta entonces, según los testigos, ningún comportamiento había desplegado dicho denunciante que justificara su detención».

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