Un jurado popular consideró, por unanimidad, que Cristina Rodríguez mató y desmembró a su amante en el verano de 2021 , y que después lo quemó en una hoguera para ocultar el crimen. La confesión de la acusada, que reconoció haber acabado con la vida de la víctima asfixiándolo con una almohada tras adormecerlo con una mezcla de medicamentos , les allanó el terreno. Y ahora un juez ha dictado sentencia. Por los hechos cometidos, la orensana -de 26 años en el momento del homicidio- deberá ingresar en un centro psiquiátrico durante ocho años. El magistrado de la Audiencia Provincial de Orense, en base al veredicto del tribunal ciudadano, tuvo en cuenta que en este asesinato consumado concurre la eximente incompleta de anomalías psíquica y dos circunstancias atenuantes : confesión, porque la procesada no sólo reconoció los hechos, sino que colaboró con los agentes en el registro e indicó donde se deshizo del cuerpo; y reparación del daño, puesto que ingresó 10.000 euros como parte de la indemnización a la familia de la víctima, que tenía 53 años. Durante el juicio celebrado el pasado mes de octubre, Cristina Rodríguez se limitó a narrar que después de drogar y ahogar a su amante, al que había conocido ese verano en un chat de citas, prendió varias hogueras en el jardín para deshacerse de los restos . Del móvil no contó nada, aunque cuando le relató de forma espontánea el crimen a su médico de cabecera en diciembre de ese mismo año sí le explicó que no quería seguir la relación con la víctima, que había viajado desde Cataluña para conocerla, y que él se negaba a irse de su casa. En ese punto los agentes de la Policía Judicial de Orense ya llevaban meses tras la pista de la mujer , que no contó con la geolocalización del teléfono móvil de la víctima ni con que los efectivos habían detectado incongruencias en su relato. Cuando la detuvieron, la propia asesina les señaló dónde había escondido los restos del cuerpo y cómo se había deshecho de sus pertenencias. En su sentencia, el magistrado de la Audiencia tuvo en cuenta la información que le proporcionar los forenses acerca de los trastornos de personalidad de la acusada durante el plenario . En este sentido, el fallo recoge que Cristina Rodríguez sufre un trastorno de ansiedad generalizada, un trastorno obsesivo compulsivo y un trastorno de la personalidad, y que, además, «existe una limitación moderada de la voluntad en relación con la muerte» de la que se le acusa, pero «no con la posterior manipulación y desaparición del cadáver». Subrayaron también que «no existe alteración de la inteligencia y comprende perfectamente la ilicitud de los hechos». Es decir, que la asesina confesa era consciente de lo que estaba haciendo y de las consecuencias de sus actos .
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