Un colegio religioso de Bilbao rebajó a problema de "integración" un caso grave de acoso y agresiones sexuales a una niña de 5 años

El centro, que es concertado, tendrá que abonar ahora una indemnización de 40.000 euros por sus responsabilidades en los hechos

El colegio Hijas de la Caridad Nuestra Señora de Begoña, un centro religioso y concertado ubicado en el barrio bilbaíno de Santutxu, ha sido condenado en primera instancia a indemnizar a una familia con 40.000 euros por no frenan un grave caso de 'bullying' que le hacían a su hija, según ha informado EiTB. Se trata de la mayor indemnización fijada hasta la fecha en un caso de acoso escolar y se desestiman las excusas del colegio, que alegó que el caso era en realidad un problema de “integración” o de “convivencia”.

Los padres de la víctima “se dieron cuenta rápidamente de que algo extraño le pasaba a su hija”. Y “tras varias conversaciones con el centro, finalmente acudieron al Departamento de Educación del Gobierno vasco y pusieron en marcha el protocolo de bullying, pero no detectaron nada”.

“La demandada niega haber incurrido en un desconocimiento de las obligaciones que asume le atañían. Sostiene, en apretada sintesis, que lo sucedido obedeció a un problema de convivencia que no de acoso; que arbitró una serie de medidas para atajar tal circunstancia que entiende adecuadas y suficientes, y subraya la ausencia de los padres a diversas reuniones así como la tramitación de un protocolo en materia de acoso a iniciativa de éstos que finalizó sin detectar elementos propios de dicha figura”, señala el fallo sobre el papel del colegio.

¿Y qué ocurrió en realidad? “Agresiones físicas -empujones, tirones de pelo, patadas-, vejaciones -tocamientos en zonas íntimas, irrupción en los baños- y comportamientos intimidatorios -rotura de objetos, conductas coactivas para impedir comer”. M., la inicial de la niña víctima de este caso, era “impulsiva”, según el su colegio.  Por el contrario, los profesionales que la atendieron la encontraron “extraordinariamente enferma”, porque “mostraba un cuadro propio de estrés postraumático severo como reacción ante una situación de maltrato y abuso [agresión] de naturaleza sexual a manos de otra niña un año mayor”.

La resolución judicial dice claramente que el centro adoptó una “actitud de espectador” ante las “reiteradas” quejas de los progenitores. La familia de la víctima está satisfecha con la sentencia. No obstante, las partes personadas en la causa tienen la posibilidad de recurrir la sentencia ante la Audiencia Provincial de Bizkaia.

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