La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha acordado este lunes la suspensión cautelar de la Instrucción del Consejo General del Poder Judicial, del pasado 6 de noviembre, relativa a las elecciones a las salas de Gobierno del Tribunal Supremo, Audiencia Nacional y tribunales superiores de Justicia. El punto conflictivo de esa instrucción es que prevé la posibilidad de que si un juez no puede votar personalmente, delegue su voto en un compañero, lo que a juicio de las asociaciones judiciales que la han recurrido, Francisco de Vitoria y Foro Judicial Independiente, no garantiza un proceso electoral transparente. Hace apenas unos días, esta misma Sala rechazó la medida cautelarísima que habían pedido las recurrentes al considerar que no era necesario adoptarla sin oír a las partes (eso diferencia la cautelarísima de la cautelar) y que había tiempo suficiente hasta el día 26 (cuando está previsto que estas elecciones se celebren) para escuchar a las partes, en este caso a la Abogacía del Estado en representación del CGPJ. La Asociación Judicial Francisco de Vitoria y la Asociación Foro Judicial Independiente habían pedido la medida cautelar mientras se tramita el recurso que han planteado contra la citada instrucción y ese voto delegado. Recuerdan que esta modalidad de voto no está prevista en ni en la Ley Orgánica del Poder Judicial ni en su Reglamento de desarrollo, lo que infringe los principios de autenticidad, secreto e igualdad que deben regir cualquier proceso electoral, en el que el voto solo es posible por correo o de forma presencial. No hay por tanto garantías necesarias que aseguren la trazabilidad del voto, lo que podría abrir la puerta a «manipulaciones o irregularidades» en el proceso electoral. A ello se suma que para ambas asociaciones la Instrucción excede las competencias del Consejo General del Poder Judicial, pues se modifica un aspecto esencial de la LOPJ «sin el respaldo normativo adecuado». Pese al toque de atención del Supremo, el CGPJ celebró la celeridad de su pronunciamiento cautelar, «que elimina las posibles incertidumbres que pudieran surgir en la celebración de las elecciones a las Salas de Gobierno convocadas para el próximo día 26 de noviembre«, señala en un comunicado. Recuerda que la Sala Tercera emite su decisión en relación con la Instrucción adoptada por unanimidad por el Pleno del Consejo que »pretendía introducir garantías adicionales al proceso electoral«.
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